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miércoles, 28 de diciembre de 2016

El seguro de vida, una mala práctica de los bancos

Asistimos a una mala praxis habitual en la venta de  seguros de vida o de accidentes relacionados con invalidez y muerte por parte oficinas bancarias con motivo de la firma de un préstamo personal o una hipoteca.

Estamos ante seguros que se venden de manera agresiva, hasta el punto de que se impone la firma de la póliza como condición de la concesión del préstamo. La ventaja para el banco es que gana una garantía para caso de impago, además de ganar una comisión de cada póliza vendida, siendo además la prima para una compañía de seguros que muchas veces pertenece al mismo grupo bancario.

Choca como se facilita el acceso al seguro, en realidad  se “coloca” el seguro de vida en muchas ocasiones previa una simple declaración de salud genérica, sin hacer en realidad preguntas sobre enfermedades o factores de riesgo concretos.

Es muy frecuente encontrar cuestionarios de salud genéricos y ambiguos, e incluso a veces se pretende hacer pasar por cuestionario lo que se impone como una declaración del asegurado en relación a su estado de salud por la que vendría a declarar que no ni ha tenido tiene ninguna enfermedad ni problema funcional. Estas “declaraciones” son tan simples como “ increíbles” sobre todo porque en muchas ocasiones se realizan a mayores de 50 años, donde la probabilidad de que nunca haya tenido una enfermedad o factor de riesgo resulta ciertamente improbable.

Para el asegurado se trata solo de un trámite más del “papeleo” del préstamo y es ese el contexto de la contratación que debe tenerse muy en cuenta junto a la asimetría de conocimiento, a la hora de que los tribunales estimen o desestimen las demandas de reclamación de los seguros de vida.

Esto puede hacer que la compañía de seguro desestime una reclamación del  seguro de vida o de accidentes con motivo de muerte o invalidez, alegando ocultación en el estado de salud al contratar la póliza.

Es por eso muy conveniente tener claro que riesgos corremos al firmar una póliza ante un banco en semejantes condiciones, ya que podemos creer que estamos cubiertos cuando en la práctica no es así.
Para tener la certeza de que no haya problemas posteriores en caso de tener que reclamar la indemnización prevista en la póliza debemos asegurarnos de que se cumplimenta un cuestionario de salud que refleje realmente el verdadero estado de salud de los asegurados, detallando cualquier enfermedad o factor de riesgo. Así mismo, es necesario en la mayoría de las compañías realizar un chequeo o aportar un certificado médico sobre el estado de salud de los asegurados.
Está claro que es muy probable que todo esto conlleve que la operación no se lleve a cabo, lo cual va claramente en contra de los intereses de la entidad financiera en cuestión.


Por eso, la próxima vez que nos exija nuestro banco contratar una póliza de seguros como condición para concedernos un préstamo, debemos de tener claro los riesgos que corremos si no seguimos los pasos adecuados para que no nos sea rechazada después un hipotética indemnización, y así estar seguros de que estamos protegidos.

domingo, 18 de diciembre de 2016

El seguro de accidentes: necesario pero poco conocido

El seguro de accidentes, aunque está presente en la vida de muchas personas y es un seguro muy útil y necesario, no es en la actualidad uno de los más conocidos, ni populares -como puede ser el caso de los de autoshogar salud – entre la mayor parte de la población en nuestro país.
Es importante centrar el tema en lo más importante de este seguro que no es otra cosa que la causa del siniestro. El conjunto de motivos que pueden dar lugar a indemnización en el caso de que hayamos contratado una póliza de este ramo. De esa manera nos haremos a la idea de la cobertura que ofrece esta modalidad de seguro.
Primero la definición fundamental, ¿Qué se entiende por accidente?, lo mejor es acudir a la RAE, y en su diccionario define accidente cómo: 2. m. Suceso eventual o acción de que resulta daño involuntario para las personas o las cosas. Seguro contra accidentes.
Por su parte la Ley del Contrato del Seguro define accidente en su artículo número 100, a efectos de su utilización en seguros de esta manera: Se entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente o muerte”. De esta manera quedan especificadas las causas que se dar para que las compañías aseguradoras consideren que un incidente en el que se ha visto involucrado su cliente es susceptible de indemnización.
Otro factor importante a reseñar es el hecho de que los seguros de accidentes no atañen sólo al ámbito personal o al profesional, sino que su cobertura se aplica a ambos siempre que las características del incidente ocasionado se ajusten a la clara definición de la legislación aseguradora.
Sin embargo, y teniendo en cuenta el trabajo de las aseguradoras por adaptar los seguros a los clientes y alcanzar la máxima personalización, el asegurado puede elegir a qué ámbito afecta la póliza de accidentes que firme. Quizás únicamente le interese protegerse en el ámbito profesional o viceversa, o tal vez únicamente esté interesado en cubrir la posibilidad de accidente en un aspecto muy concreto. Las compañías ofrecen cada vez más posibilidades a sus clientes para que personalicen sus respectivos contratos.

De las inclusiones a las exclusiones
Pasamos ahora de las inclusiones a las exclusiones. Quedan excluidos del ámbito de protección del seguro de accidentes, por ejemplo, los provocados de manera intencionada por el asegurado con el fin de cobrar la indemnización correspondiente, así como los que éste haya podido sufrir antes de la firma del contrato o aquellos en los que pueda estar involucrado en caso de expiración, impago o no renovación del mismo.
Sin embargo, existen otro tipo de exclusiones que a primera vista no resultan tan obvias. Es el caso de las lesiones corporales que el asegurado haya podido sufrir en una huelga legal, una manifestación o incluso en un conflicto armado si se diera el caso. Esas posibilidades tampoco están incluidas dentro de la cobertura de un seguro de accidentes.
También conviene recordar que en el caso de los accidentes de circulación, éstos tienen su propio ámbito en el seguro de coche, pero pueden ser complementarios del seguro de accidentes individuales que tengamos contratado. La excepción es para el caso de la conducción de motocicletas y ciclomotres de más de 50 cc. y sus acompañantes, estos accidentes están excluidos salvo que se pacte en la póliza.

De la causa al efecto
Por supuesto, los accidentes que no hayan tenido un efecto importante en la salud del asegurado no entran dentro de la indemnización. Porque en este seguro, además de las causas, están detallados los efectos.
Y hablamos de efectos graves, bien sea la muerte (con lo que la compañía aseguradora debería indemnizar al beneficiario que el cliente hubiera designado a la hora de la firma del contrato) o de la invalidez, tanto temporal como permanente, o las de tipo parcial y las totales. En el supuesto de las invalideces de tipo parcial, se contemplan un gran cantidad de situaciones denominadas baremo que recogen las posibles lesiones y sus porcentajes de indemnización.
Hay que reseñar también que los gastos de hospitalización o sanitarios derivados del accidente sufrido también quedarían cubiertos con la suscripción de un seguro de este tipo pudiendo elegir cantidades determinadas. Siempre es bueno consultar con un profesional para establecer las coberturas y sus límites más adecuados para nosotros.

viernes, 2 de diciembre de 2016

¿Cubre el seguro del coche los daños por actos vandálicos?

Dejar el coche “durmiendo en la calle” y amanecer con algún desperfecto o en el vehículo es algo que puede ocurrir con facilidad. Aunque el problema real es descubrir que el coche ha sido víctima de un acto vandálico en todo regla. Al fin y al cabo, un arañazo o una abolladura, aunque te pongan de muy mal humor, no te impiden circular. Cosa distinta es que la luna o los cristales aparezcan destrozados, la carrocería con tantos golpes que no puedas ni abrir la puerta o incluso que el coche haya sufrido un incendio. En cualquier caso, la pregunta es la misma: ¿quién paga esto?

Cobertura de lunas e incendio

Los seguros a terceros ampliado suelen incluir cobertura de lunas y también por incendio. La cobertura de incendio te cubre en cualquier circunstancia, tanto si el incendio es consecuencia de una avería, un fenómeno atmosférico o un acto vandálico. En estos dos últimos caso se haría cargo el Consorcio de Compensación de Seguros, pero solo si la cobertura está contratada en el seguro.
En cualquier caso, la cobertura es la misma en los seguros a todo riesgos. Eso sí, en todos los casos solo te cubre el valor contratado, que puede ser valor de nuevo, valor de mercado o valor venal. Esto es algo que debes revisar en tu seguro.
En cuanto a la cobertura de lunas, esta cubre la reparación colocación y sustitución de las lunas delanteras, laterales  y traseras del coche asegurado. Si el coche tiene techo solar de serie, también lo incluye si este es de serie. Si no, hay que declararlo. En caso de que la rotura de lunas haya sido consecuencia de un robo es la cobertura de robo la que se haría efectiva, de ahí la importancia de incluirla en la póliza. Sin embargo, otros elementos acristalados, como los retrovisores o las luces no suelen estar incluidas en la cobertura de lunas.

Cobertura de daños propios para más tranquilidad

Todo lo que se salga de las coberturas anteriores corre por cuenta del propietario del coche, a no ser que este tenga cobertura de daños propios, cobertura exclusiva de los seguros a todo riesgo y los seguros a todo riesgo con franquicia. En el primer caso, el seguro se hará cargo de todo y, en caso de que el coche sea declarado siniestro total, indemnizará al asegurado con el valor contratado (venal, de mercado o de nuevo). En el caso del seguro a todo riesgo con franquicia, el asegurado solo pagará la franquicia acordada, que no debería ser más que una por siniestro.
Debido a los estragos que pueden causar los actos vandálicos, si tu coche habitualmente duerme a la intemperie en un lugar público no vigilado es interesante considerar la contratación de un seguro a todo riesgo.