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martes, 15 de marzo de 2016

Coberturas que debes de tener en cuenta en tu negocio

En todos los negocios hay riesgos que es aconsejable cubrir: impagos, errores o negligencias profesionales (tanto del empresario como de uno de los trabajadores), problemas con los productos, problemas con la oficina etc. Pero en muchas ocasiones, no consideramos necesario un seguro porque quizás hemos estado pagando uno mucho tiempo y no nos ha pasado nada o porque simplemente desconfiamos de las compañías de seguros porque pensamos que sólo piensan en vendernos un producto.
Además, a todo lo anterior, hay que añadir que cuando somos emprendedores no queremos tener gastos fijos, o al menos los queremos reducir al mínimo, por lo que huimos de los pagos fijos como pueden ser los seguros.
En cuanto a los seguros, sobre todo para conocer cuáles son obligatorios en el caso de las empresas y escoger el más adecuado, es aconsejable contar con el asesoramiento de un corredor de seguros que conozca el mercado y nos pueda explicar los pros y los contras de los diversos productos que ofrecen las compañías de seguros a las empresas para cubrir los riesgos derivados de su actividad.
Por lo que se refiere a los seguros obligatorios para las empresas de deben destacar los siguientes:
Seguro de responsabilidad civil.
Este seguro responderá de los daños civiles que se produzcan por nuestra empresa en el desarrollo de su actividad mercantil o profesional. Cubrirá los daños, por ejemplo, en los casos de un cliente que tiene un accidente en nuestras instalaciones o de un trabajo profesional que contiene un error y puede producir un perjuicio a terceros.
En determinados casos no es obligatorio, pero en otros, para ejercer determinadas profesiones sí lo es. Es el caso de los arquitectos, aparejadores, médicos, abogados etc. Generalmente, el seguro de responsabilidad civil va incluido en la cuota que se pague al correspondiente colegio profesional, aunque la cobertura puede ser objeto de ampliación de forma voluntaria.
Aunque no es obligatorio en algunos casos, sí es muy aconsejable sobre todo en los casos de emprendedores que comienzan su actividad y pueden tener cierta inexperiencia y pocos recursos, para cubrir las eventualidades que se puedan producir derivadas de esa actividad.
Seguros de accidentes de empleados
En casi todos los gremios se regula por convenio colectivo el seguro que debe cubrir a los trabajadores y las características que debe tener. Estas pólizas de seguros suelen cubrir una indemnización para casos de accidente, incapacidad permanente y muerte. La cuantía de la indemnización suele estar regulada en los convenios colectivos de cada sector y el coste de la prima dependerá de varios factores como el número de empleados que tenga la empresa, la actividad que desarrolle la empresa, etc.
Seguros de vehículos de empresa
Si la empresa tiene vehículos a su nombre será obligatorio contratar un seguro que cubra el riesgo derivado de la conducción de dichos vehículos, es decir, que cubra los casos de accidentes. Existe una modalidad básica cuya contratación es obligatoria para los propietarios de vehículos que cubre la responsabilidad civil del propietario y del conductor del vehículo por los daños y lesiones a terceros.
En cuanto a los seguros no obligatorios, pero bastante aconsejables destacamos el seguro multirriesgo, que cubre daños que podamos sufrir en nuestro establecimiento u oficina o daños que podamos ocasionar a vecinos.

Seguros de Comercio

domingo, 28 de febrero de 2016

El seguro colectivo de Salud

El seguro de Salud es el beneficio social más valorado por los trabajadores, según el II Barómetro de Adeslas Salud de 2015. Tanto es así que el 70% de los empleados que tienen una póliza Médica a través de la compañía, considerarían una gran pérdida dejar de tenerla al cambiar de trabajo.
No son sólo los empleados los que ven con buenos ojos el seguro de Salud sino que las propias empresas también lo perciben como un elemento que aporta valor diferencial. El 80% de las compañías consideran que ofrecer este tipo de producto a sus empleados sirve para proyectar una imagen más comprometida y atraer el talento.
Por otro lado, el informe Global Mobility Trends Survey 2015 elaborado por el Consejo Nacional de Comercio Exterior (NFTC) señala que el seguro de Salud en el extranjero es una de las grandes preocupaciones de los trabajadores que emprenden una etapa laboral fuera del país. Es más, el 79% de los expatriados hace uso de estos servicios médicos privados.

¿Qué es el seguro de Salud colectivo?

Un seguro de Salud colectivo es una póliza diseñada para un grupo de personas que pertenecen a un mismo grupo homogéneo o tienen un vínculo común. Se trata de un solo contrato bajo el que están aseguradas todas estas personas que tienen unas características comunes. Por ejemplo, la plantilla de un equipo de fútbol, los socios de un club, los trabajadores de una empresa o los miembros de un colegio profesional (abogados, médicos…). Todas estas personas podrían tener un seguro de Salud colectivo.

Tomador y asegurados de una póliza colectiva

En los seguros de Salud colectivos el tomador (el que lo contrata) tiene que ser una persona jurídica y tener un Código de Identificación Fiscal (CIF)y los asegurados son aquellos que formen parte de un mismo colectivo, como por ejemplo los trabajadores de una empresa.
En este caso, el trabajador no es el único que se puede beneficiar de las ventajas de un seguro médico sino que puede incluir en ella también a su cónyuge y a sus hijos. De esta forma, la protección del seguro de Salud se extiende a todos los miembros de su familia.
A pesar de que un seguro de Salud Colectivo permite al empleado y a su familia acceder a la sanidad privada no hay que confundirla con elseguro de Salud que tienen algunos funcionarios. En el caso de estos trabajadores, la sanidad privada que pone el Estado a su disposición no es complementaria con el régimen público de la seguridad social.
De este modo, decantarse por uno u otro sistema impide el acceso al otro. En el caso de que un funcionario quisiera poder acudir a la seguridad social y a la sanidad privada, tendría que elegir la modalidad pública y contratar a título personal una póliza Médica.

¿Cómo puede ofrecer la empresa el seguro de Salud?

Las empresas pueden ofrecer el seguro de Salud de 2 formas distintas: abierto o cerrado. En la primera de ellas, la empresa abre una póliza de Salud colectiva y son los propios empleados los que deciden o no contratarla a través de un sistema de compensación flexible. La adhesión al seguro de Salud es voluntaria ya que es el propio trabajador el que paga la prima ya que el importe  se haría con cargo a su salario.
Ahora bien, el que se concibe como un beneficio social puro es el seguro de salud colectivo cerrado. En esta modalidad, es la propia empresa la que contrata la póliza e incluye a sus empleados sin repercutirles el coste de la prima. En esta ocasión, el seguro se ofrece como parte del salario de los trabajadores. En cuanto a la fiscalidad aplicada a este producto, mientras la prima anual no supere los 500 euros por asegurado, no se considerará pago en especie y, por tanto, no habrá que declararlo en el IRPF ni cotizar por él.

Seguro Colectivos o seguro Individual

Los seguros de Salud colectivos son prácticamente idénticos a los que puede contratar una persona a título personal. La empresa puede optar por ofrecer un seguro de cuadro médico con o sin copagos, de reembolso o baremados y por completarlo con cobertura dental.
Las coberturas a las que se puede acceder desde ambas modalidades (colectiva o individual) dependerán de las incluidas en la póliza pero no presentan diferencias entre una u otra. Ahora bien, las principales diferencias guardan relación con el tema de las carencias. Y es que los seguros de Salud que contrata una empresa para sus trabajadores suelen eliminarlas, por ejemplo en el embarazo y el parto, así como en enfermedades preexistentes y patologías.

Las ventajas del seguro de Salud

La sanidad privada ofrece ventajas y comodidades que muchas veces no se encuentran en la pública como son la agilidad y rapidez a la hora de conseguir una cita médica o la posibilidad de elegir al facultativo al que se desee acudir.
Contratar una póliza como complemento a la seguridad social es una opción a la que recurren muchos españoles con la finalidad de brindar su salud y la de su familia.

Seguros de Salud

jueves, 18 de febrero de 2016

¿Merece la pena incluir coberturas de robo e incendio en tu seguro de coche?

El seguro de coche a terceros es la modalidad más contratada y más común entre los conductores españoles. No obstante, el mercado te ofrece infinidad de posibilidades, ya que, las pólizas más básicas se pueden ampliar con tantas garantías complementarias como necesites. La cobertura por robo o por incendio suele estar incluida en los seguros a terceros ampliados y se trata de una opción más económica que la de contratar un seguro a todo riesgo, pero adecuada para cubrir los riesgos más habituales.

Tanto la cobertura de robo, como la de incendio están incluidas en todos los seguros a todo riesgo y en la mayoría de terceros ampliados -en muchas ocasiones, se ofrece a modo de pack junto con la de lunas-. Si no es el caso, puedes contratarlas como garantías adicionales.

La cobertura de robo tiene por objeto que tu compañía aseguradora te indemnice en el supuesto de que te sustraigan parte del coche, el automóvil completo o cuando el vehículo ha sufrido daños como consecuencia de un intento de robo, como desperfectos en la carrocería, en la tapicería, en las cerraduras, etc. También hay compañías que distinguen entre robo -con uso de fuerza- y hurto. El seguro de robo de Balumba, Direct Seguros y Qualitas recoge de manera específica la cobertura por hurto. Aunque la mayoría de compañías incluyen ambos casos, es importante que leas bien las condiciones de tu póliza, para conocer si están cubiertas todas estas situaciones y qué tipo de indemnización te ofrece tu compañía en cada caso.

Para saber si estás eligiendo una buena cobertura contra el robo, debes conocer cuánto te pagará la aseguradora en caso de pérdida total, es decir, si te roban el coche, no lo recuperas y tienes que comprarte otro. En este punto, deberás estar familiarizado con dos términos que suelen utilizar las aseguradoras en sus condiciones: el valor de nuevo; el coste de tu coche si lo tuvieras que volver a comprar ahora, y el valor venal; el precio al que podrías vender tu coche en el momento del siniestro.

La indemnización depende de la antigüedad de tu coche, aunque hay diferencia entre las aseguradoras. Así ,Mutua Madrileña te indemniza con el 100% del valor de nuevo de tu vehículo, si en el momento del siniestro éste tiene una antigüedad inferior o igual a un año, mientras que compañías como Pelayo, Qualitas, AXA o Direct Seguros, amplían esta misma indemnización a vehículos de hasta dos años. Además, estas dos últimas aseguradoras ofrecen una indemnización del 100% del valor venal más el 50% de su diferencia con el valor de nuevo, si en la fecha del siniestro el vehículo tiene entre dos y tres años. A partir de tres años, la indemnización generalizada es del 100% del valor venal del coche.

Otra posibilidad es que sufras un robo parcial -y te hayan sustraído alguno de los accesorios de tu vehículo- o tu coche haya sufrido daños por un intento de robo. Los seguros de robo cubren el coste de la reparación necesaria o de las piezas sustraídas. Sin embargo, en el caso de que las partes dañadas o robadas sean susceptibles de desgaste por uso, como embragues, catalizadores, frenos o tubos de escape, Direct Seguros te indemnizará en base a su valor venal. Mutua Madrileña también indemniza la sustracción de piezas que constituyen partes fijas del equipamiento del coche por su valor venal, salvo los neumáticos o la batería, que los indemnizará por el 80% de su valor venal.

Cobertura de incendio del vehículoEso sí, si se trata de accesorios extras, para que estén cubiertos por el seguro de robo la mayoría de las compañías exigen que hayan sido declarados previamente en el contrato de la póliza. No obstante, con el seguro de robo de Balumba tendrás cubiertos tus accesorios de serie sin límite de cantidad, estén o no declarados en póliza, salvo en el caso particular de aparatos de audio, vídeo, navegación y/o telefonía, cuyo límite será 300 euros. En caso de tentativa de robo, la cobertura por robo de Génesis asegura los equipajes y efectos personales de los ocupantes del vehículo hasta un máximo de 500 euros por siniestro.

La cobertura de incendio del vehículo cubre los daños que pueda sufrir tu coche como consecuencia de un incendio o una explosión ajeno a la voluntad del asegurado.
Las indemnizaciones de las aseguradoras en caso de pérdida total del vehículo suelen ser iguales a las que ofrece el seguro de robo. Sin embargo, el seguro de incendios de Pelayo, incluido en su seguro a terceros combinado, abonará el 110% del valor de nuevo durante los dos primeros años y el 110% del valor venal el resto de años. También garantiza daños en equipaje hasta 600 euros. Génesis cubre el equipaje y los efectos personales de los ocupantes del coche hasta 500 euros. En el caso de los daños producidos en los elementos que no son fijos y los accesorios extras, la mayoría de compañías exigen que hayan sido declarados previamente en el contrato de la póliza.

CASER te garantiza el 100% del valor de adquisición en caso de daños, incendio o robo durante los dos primeros años desde la matriculación, y el tercero, el 120% del valor venal del automóvil (valor del vehículo inmediatamente antes de la ocurrencia del siniestro).


En los supuestos en los que el fuego fuera consecuencia de actos de terrorismo, vandalismo o desastres naturales, quien se hará cargo de las reparaciones o indemnizaciones no será la compañía de seguros, sino el Consorcio de Compensación de Seguros.

Seguros de Auto

martes, 9 de febrero de 2016

Cómo tributan los seguros de vida

En función de quién sea el tomador (quien paga la prima), el asegurado (sobre quién recae el riesgo) y el beneficiario (quien recibe la prestación), los seguros de vida tributan en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
En el IRPF tributan aquellos seguros en los que el tomador coincide con el beneficiario. Un ejemplo de esto es cuando una persona contrata un seguro (paga una prima) para a recibir una prestación en el momento de su jubilación. En este caso como quien paga la prima es el mismo que recibirá el dinero, tributa en la base del ahorro como rendimientos del capital mobiliario a un tipo de entre el 19 y 23% en función de la cantidad.
El rendimiento neto dependerá de cómo se realice el rescate. Si se rescata en forma de capital, se tributará por la diferencia entre las prestaciones y las primas aportadas. En cambio, si se opta por una renta inmediata (temporal o vitalicia), el rendimiento neto será el resultado de aplicar a la cantidad que se reciba un porcentaje que depende de la edad que tenga el beneficiario en el momento en que comienza a recibir la renta (renta vitalicia) o del número de años que dure la misma (renta temporal), tal y como se puede ver en las siguientes tablas.
Abante tributación seguros de vida
En el caso de rentas diferidas, el rendimiento del capital mobiliario se determina aplicando un porcentaje fijo sobre cada anualidad (según sea temporal o vitalicia), incrementado en la rentabilidad acumulada al tiempo de constitución de la renta. Esta se calcula por la diferencia entre el valor actual financiero-actuarial de la renta que se constituye y el importe de las primas satisfechas. Se reparte linealmente durante los diez primeros años de cobro de la renta en el caso de las vitalicias o temporales superiores a una década o durante los años que dure, en el caso de rentas temporales inferiores a diez años.
En el ISD tributan los seguros en los que quien paga no es la persona que se beneficia. En función de quien sea el asegurado, se tributará bajo la modalidad mortis causa (sucesiones) o inter-vivos (donaciones).
Si el tomador coincide con el asegurado, se tributa en el Impuesto de Sucesiones al pasar el dinero de una persona que ha fallecido (tomador y asegurado) a una persona viva (beneficiario), estando los primeros 9.195,49 euros exentos. Este sería el caso de una persona que contrata un seguro para que cuando fallezca, su cónyuge reciba una prestación.
En el caso de que tomador y asegurado no coincidan, se tributa en elImpuesto de Donaciones por ese dinero que nos está dando otra persona. Este sería el caso de una persona que contrata un seguro de vida para que si su cónyuge fallece, su hijo reciba una cantidad determinada,

(Fuente 5D)

Seguros de Vida

jueves, 4 de febrero de 2016

Cámaras que detectan vehículos sin seguro

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha instalado medios automatizados de control y monitorización en las carreteras para detectar coches que circulan sin seguro obligatorio, con el fin de que los casi 2 millones de propietarios de vehículos que carecen del mismo, suscriban la correspondiente póliza.
En un comunicado la DGT recuerda que el incumplimiento de esta obligatoriedad genera un gran perjuicio a la sociedad y en particular a las personas que sufren un accidente de tráfico, ya que el objeto de la póliza exigida por la ley es responder pecuniariamente a los daños personales y materiales que se generen.
Advierte de que los propietarios sin seguro se enfrentan a sanciones que oscilan entre seiscientos y tres mil euros, y a la inmovilización y depósito del vehículo.
Por ejemplo circular con un ciclomotor sin el seguro obligatorio supone mil euros de sanción; en el caso de las motocicletas, 1.250 euros, en el de los turismos, 1.500, y en camiones y autobuses la cuantía se eleva a 2.800 euros.El año pasado se impusieron unas 50.000 sanciones.
La DGT calcula que aproximadamente el 10% de vehículos matriculados desde 1996 circula sin seguro y por ello ha instalado cámaras capaces de leer matrículas, que se suman a los radares fijos de control de velocidad.
Insiste en que los propietarios que no tienen asegurado el vehículo cargan sobre el resto de ciudadanos las responsabilidades pecuniarias por los daños que causen en caso de accidente.
La prima del seguro obligatorio del automóvil que tienen que suscribir todos los propietarios contiene un recargo de 3,5 euros que se destina a que el Consorcio de Compensación de Seguros afronte los gastos producidos por los vehículos sin seguro.
Por ello la DGT mantiene que «los daños e indemnizaciones pagadas por este organismo por vehículos sin asegurar las pagamos todos».
Explica que esta entidad es la que afronta, como responsable subsidiario, el pago en caso de accidente y la que garantiza las indemnizaciones derivadas por daños a personas y a los bienes en aquellos casos en los que el propietario del vehículo implicado no tenga suscrito el seguro obligatorio.
Según la ley, las autoridades competentes en materia sancionadora tienen la obligación de entregar al Consorcio de Compensación de Seguros el 50% del importe de las sanciones recaudadas por este precepto para hacer frente a las indemnizaciones a las víctimas de accidentes en el caso de que el vehículo implicado no tenga la póliza suscrita.
Los indicadores relacionados con el tránsito de vehículos acreditan que desde 2015 se esta produciendo un aumento sostenido de la movilidad de los vehículos a motor, lo que implica una mayor exposición al riesgo, apunta la DGT.
A este factor se le suma que pese a la tendencia al alza de la matriculación de nuevos vehículos, la edad media del parque sigue siendo muy elevada y creciente.
Según diferentes informes de la DGT los vehículos con más de diez años de antigüedad no solo son más vulnerables a los accidentes sino que además las consecuencias para sus ocupantes son más graves.

Seguros de Auto

Error en el repostaje del coche

Caser añade un nuevo servicio por el que ofrece a sus asegurados la posibilidad de realizar en el mismo lugar del suceso la extracción del combustible, en caso de producirse un error en el momento de repostar.
El servicio de Asistencia en Viaje de Caser cuenta con vehículos homologados para que en el mismo lugar del incidente, solucionen el error realizando la extracción y el reciclaje del carburante equivocado.
En nuestro país se producen a lo largo de un año unos 50.000 incidentes por introducir la manguera de carburante equivocado en el depósito de su coche realizando el reportaje. En los vehículos diesel debido a que el grosor de la boca de llenado de estos automóviles es apto para introducir mangueras dispensadoras de gasóleo y gasolina son los más afectados. Los modelos que utilizan gasolina, es muy difícil que se produzca pues la boca de llenado del depósito es más estrecha y solo permite mangueras de este tipo de carburante.
Los expertos recomiendan que en este caso no se proceda al encendido el motor en ningún caso para evitar que el carburante se distribuya por la mecánica lo que implicaría, aparte de la extracción de todo el contenido del depósito, una posterior limpieza de inyectores, filtro de gasoil y bomba de inyección. Una operación con un coste de unos 400€ además del traslado a un taller.
Ahora con la aseguradora Caser este servicio tiene un coste de 150€ y esta disponible en Madrid, Barcelona, Sevilla, Murcia y Valencia y se presume que en los próximos meses se amplíe a más ciudades.

Seguros de Auto

miércoles, 20 de enero de 2016

Fraude en Seguros

Un hombre joven, menor de 26 años, con un empleo precario o desempleado es el perfil del defraudador a las compañías de seguro de coche. A él hay que sumar el del hombre de mediana edad, con estudios superiores y que trabajan por cuenta ajena.

Es una de las conclusiones del «3er Barómetro del Fraude en el Seguro de Autos», en el que también se recoge que unos 9 millones de conductores españoles justifican el fraude a las compañías aseguradoras.

En el estudio se detalla que por norma general los hombres defraudan más que las mujeres, se arrepienten menos de las estafas (63,5% frente al 51,7%) y presumen más de ellas, incluso ante desconocidos. Mientras, las mujeres fingen más lesiones que los hombres, simulan más gravedad de la real en las mismas (2,6% en los hombres frente al 19,2% de las mujeres) y desconocen más las consecuencias jurídicas del fraude.

En cuanto a las razones para defraudar al seguro, los hombres lo hacen para «tener el coche en perfecto estado» y las mujeres lo justifican por su «tendencia a cuidar de la economía familiar» Intentos de estafa Desde 2009, el fraude al seguro del coche se ha multiplicado por 3,5, según señala el 3er Barómetro del Fraude en el Seguro.

De cada 100 siniestros declarados al seguro 6 son intentos de estafa, lo que tiene graves consecuencias para el sector, ya que, sólo en el ramo de autos, el coste global de estas prácticas se estima en unos 1.190 millones de euros anuales, casi un 20% más que en el informe presentado en 2013. A la vista de estos datos, se reclama una mayor concienciación por parte de la sociedad, aunque «comienza a haber algunos síntomas que anuncian una mejora, porque la intención de estafar a las compañías ha descendido a casi la mitad».

Aun así, el 6% del total de los partes declarados siguen siendo un engaño «que nos afecta a todos, por lo que, es muy importante que todos comprendamos que, en este tema, al final pagamos justos por pecadores». Valencia ha destacado la importancia de la actuación de «las mafias organizadas, tanto por su peligrosidad social como por el gran coste económico que suponen».

Así son los fraudes Según el estudio, el 94,5% de los intentos de fraude son relativos a los daños materiales y el 4,5%, a las lesiones, aunque el importe medio de estos últimos multiplica por 30 al de los primeros (17.300€ de media en las estafas de lesiones frente a 550€ en las de daños materiales). Por tipo de estafa, los daños ajenos al siniestro siguen siendo la tipología más habitual en los fraudes materiales, ya que está presente en 3 de cada 4 casos. Le siguen, a más distancia, los montajes preparados con antelación en los que intervienen varias personas (12%), los fraudes por presupuestos inflados (7%), las averías declaradas como siniestros (1,5%) y los falsos hurtos (1%).

En cuanto a las lesiones, sólo un 2% son por enfermedad o lesión anterior al accidente, siendo el resto (98%) simulaciones o falsos agravamientos de un daño real, con el esguince cervical como caso más frecuente.

Respecto a la época del año, la época previa a las vacaciones (mayo, junio y julio) y el mes de enero son los que más fraude registran. Por días de la semana, el lunes es el día con más fraudes, con un 19% de los casos, mientras que el fin de semana registra muchos menos fraudes: un 10% el sábado y apenas un 9% el domingo.

También se ha comprobado la evolución del mapa del fraude en España de acuerdo a su propia cartera de clientes, algo que ya hizo en las dos ediciones anteriores del Barómetro, para lo que ha analizado todos los casos detectados en los dos últimos años y los ha cruzado con el total de siniestros declarados en cada provincia. Según los resultados, las provincias de Cuenca, Murcia y Jaén son los territorios con más fraudes, mientras que Soria, Salamanca y Burgos arrojan los índices más bajos.

La cuantía media de cada intento de estafa en España ronda los 1.284 euros, un 45% más que en 2013, aunque se registran variaciones importantes entre unas provincias y otras. Huesca, Lugo y Almería son los territorios con cuantías medias más altas, con 4.800€, 3.600€, y 3.200€, respectivamente. En el lado contrario se sitúan Segovia, Zamora y Zaragoza como las provincias que menor importe medio defraudan a las compañías aseguradoras, con unos costes medios por fraude de 230€, 301€, 390€ y, respectivamente.

Para pulsar la opinión y la percepción social de este fenómeno, para lo que ha realizado una encuesta a más de 1.200 conductores de toda la geografía española. Las conclusiones muestran algunos síntomas de mejora, ya que la intención de cometer el fraude se ha reducido a casi la mitad respecto a hace dos años, lo que podría ser un indicio de cierto retroceso de estas conductas al que asistiríamos en los próximos años.

Aun así, 5,2 millones de automovilistas siguen reconociendo que podrían cometer fraude si supieran que no van a ser descubiertos y 9 millones lo justifican (35%). Asimismo, existe un mayor conocimiento de las consecuencias legales que conllevan estas prácticas, que los encuestados comienzan a asociar a una situación puntual de necesidad y no a un tema cultural. Por último, la encuesta arroja una conclusión interesante: el 73% de los conductores (el equivalente a 19 millones) afirma que no tendría ningún problema en denunciar a alguien si obtuviera un beneficio económico directo a cambio, una práctica muy habitual en países como Estados Unidos o Reino Unido.

Seguros Caser